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Formación en prevención de riesgos laborales (PRL y TPC)

Quién tiene que dar la formación en prevención, quién la paga y qué es la Tarjeta Profesional de la Construcción.

Revisada el 22 de octubre de 2026 con las fuentes oficiales enlazadas abajo. Si algo ha cambiado desde entonces, manda lo que diga la fuente.

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Quién la da y quién la paga

La empresa tiene que garantizar a cada trabajador una formación en prevención teórica y práctica, suficiente y adecuada: al contratarlo, cuando cambian sus funciones o sus equipos, y repetida cuando haga falta (Ley 31/1995, artículo 19.1). [1]

Se da dentro de la jornada siempre que se pueda, y su coste nunca recae en el trabajador (artículo 19.2). [1]

En las obras de construcción

Las empresas tienen que velar por que todos los que trabajan en una obra tengan esa formación. Los programas los puede fijar el convenio estatal del sector, y la formación puede acreditarse con una cartilla o carné profesional único para todo el sector (Ley 32/2006, artículo 10). [2]

La Fundación Laboral de la Construcción expide la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC). Caduca a los cinco años de su emisión y, al renovarla, no hay que repetir la formación en prevención. [3]

Pueden pedirla, entre otros, los trabajadores en alta en empresas del convenio de la construcción, los autónomos de actividades de ese convenio y los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal. [4]

Fuentes

  1. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE, texto consolidado)
  2. Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (BOE, texto consolidado)
  3. Fundación Laboral de la Construcción: renovación de la TPC
  4. Fundación Laboral de la Construcción: cómo solicitar la TPC

Esta guía resume la norma para orientarte; no es asesoramiento legal. Para tu caso, pregunta en el organismo que la gestiona.